Por todas las razones antes expuestas y en apego al criterio jurisprudencial sostenido por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, supra mencionada, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre se declara INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS, PROVENIENTES DE ACCIDENTE DE TRANSITO, incoada por los ciudadanos: YAJAIRA MARGARITA CAMEJO ROJAS y RICHARD JOSE ESTABA RUIZ, plenamente identificados, través de sus apoderados, contra la empresa TRANSPORTE MOREIRA & COMPAÑÍA, C.A., (TM &C, C. A), y en la cual se encuentran involucrados intereses de carácter patrimonial de menores de edad. En consecuencia, se declina la competencia de la presente causa al Juzgado de Sustanciación y Mediación de Protección del niño, niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre. Y Así se decide.-