...este Juzgado, por cuanto el apoderado judicial de la parte codemandada empresa CONSTRUCTORA EDFRAN, C.A, supra identificado, en su escrito de fecha 12 de marzo de 2008, solicita la reposición de al estado de ordenar la reposición la causa al estado de admisión de la demanda, y asimismo, se ordene la notificación de la empresa codemandada ZOOM INTERNACIONAL, y se dejen sin efecto las actuaciones del expediente y la certificación de fecha 04 de marzo de 2008; así las cosas, este Tribunal, por cuanto observa que las codemandas son dos personas jurídicas distintas con representantes legales distintos, según se evidencia de documentos consignados en copia simple y que acompaña el referido escrito; en aras de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, ordena reponer la causa al estado de notificar a la empresa ZOOM INTERNACIONAL; y siendo que de la revisión del escrito libelar no consta el domicilio de la empresa codemandada ZOOM INTERNACIONAL ni el nombre de su representant.....