éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, propuesto por el ciudadano RODOLFO COVA PRESILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.279.700, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 45.901, en su propio nombre y en representación de la ciudadana ZULMA OLIVEROS FEBRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.899.616, en contra de EMILIA DE LEON DE BONADUCE, YELIAN BROJANEG SALAZAR, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad No. 6.159.848 y 14.410.416 respectivamente, ambas de este domicilio, y a la empresa SEGUROS MERCANTIL, C.A. Así se decide.