Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la CONVERSIÓN de la Separación de Cuerpos en DIVORCIO, convenida entre los cónyuges, ciudadanos: MARÍA FERNANDA MANZANO FUENMAYOR y JONATHAN MAXIMILIANO D´ ARMAS CONDE, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos antes mencionados, en fecha treinta y uno de marzo de dos mil seis, por ante la Registradora Civil del Municipio Pedro Zaraza del Estado Anzoátegui, cuya Acta de Matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 46, Folio 127 al 129, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevado por ante ese despacho durante el año 2006, y así se decide.-