Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana LUISANA DANIELA HERNANDEZ QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.765.279, domiciliada en la Calle Libertad, Casa Nº 21, La Caraqueña, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano MIGUEL ANGEL MARTINEZ PAREDES, (Difunto), quien era de nacionalidad venezolana, titular de Cédula de Identidad Nº V-24.232.987, a su hija, (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Ve.....