IV
D E C I S I O N
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Admisión de la presente demanda por INTERDICTO CIVIL, interpuesta por la Ciudadana LEXIMAR DE LOS ANGELES MORENO CHIQUE, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.707.324, domiciliada en la Avenida Principal, Carrera Nº 37, Sector Nueva Barcelona, parroquia San Cristóbal, Municipio Simón Bolívar Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JOSÉ STALIN MÉNDEZ SÁNCHEZ e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 103.720, en contra de los Ciudadanos JOSUÉ VICENTE GUERRA GUERRA, JOSUÉ ALEJANDRO GUERRA PÉREZ, RUBEN HOPSKIN MARTÍNEZ Y WILMER JOSÉ MARCANO LANZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identi.....