Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Ejecución Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal Del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: Decreta la cesación de la medida de LIBERTAD ASISTIDA impuesta al joven GILBERT AMADO SILVIO LOCAUO fue sancionado con la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el plazo de dos años (02) AÑOS, al ser declarado responsable de la comisión del delito de delito ROBO PROPIO EN GRADO DE COAUTOR , previsto y sancionado en el articulo 455 y 83 del Código Penal en agravio de la ciudadana MIRGRE MARVAL . y en consecuencia ACUERDA su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 645,647 literal h) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente en relación con el articulo 629 eiusdem. SEGUNDO: Se acuerda oficiar al Servicio de Libertad Asistida del entonces Instituto Nacional Del Menor con sede en Barcelona, .....