esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 472 ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de RESTITUCION DE CUSTODIA, presentados por la ciudadana MARY CARMEN BATISTA MORALES, Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, a requerimiento de la ciudadana KEYLA NATACHA QUINTERO SALINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.278.303, domiciliada en: Urbanización el Recreo, Avenida Centurion, Casa Nº 23, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, en contra del ciudadano RAMON ARTURO URBANEJA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.836.120, domiciliado en: Calle Los Bajos de San José, Casa S/N, Vía Pamatacualito (adyacente a la bodeg.....