PRIMERO: CON LUGAR el presente juicio por DESALOJO Y PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, intentado por el ciudadano JUAN DE LA CRUZ SANCHEZ, contra la Asociación Civil de Comerciantes del Estado Anzoátegui, (ACCEA), representada por el ciudadano NG CHUNG PUN, ambos supra identificados. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada cancelar a la actora, la cantidad VEINTE MIL BOLIBARES (Bs. 20.000.00) por los canon de arrendamientos no pagados desde el 20 de Febrero de 2014, hasta el 20 de Noviembre de 2014, y los que sigan produciendo hasta la entrega definitiva del inmueble arrendado. TERCERA: Se ordena a la parte demandada cancelar a la actora, la cantidad de CUARENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (BS. 41.384,54), por concepto de los gastos de condominio desde Julio de 2007 hasta el 31 de Diciembre de 2013.