En base a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Su INCOMPETENCIA SOBREVENIDA para conocer el Recurso de Nulidad interpuesto el ciudadano Juan Vicente González, titular de la cédula de identidad Nº 6.333.458, asistido por el abogado Erwing Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 175.003, ya identificado en autos, contra el Providencia Administrativa Nº ORH-2013-55, de fecha 10 de Julio de 2013, dictada por el abogado Nestor Valentín Ovalles, en su carácter de Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales "INPSASEL".
Segundo: Se declina la competencia de conocer del presente asunto en la Jurisdicción Laboral ordinaria.
Tercero: Remítase el expediente al Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoá.....