Con base a los razonamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede el Tigre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
HOMOLOGA la transacción presentada por el ciudadano JESUS RAMON ROMERO GUILLIANY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.886.239, debidamente asistida por el abogado en ejercicio, JOSE RAFAEL GUZMAN SILVA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 197.662, por una parte y por la otra, la ciudadana RUSMERY CAROLINA HERNANDEZ CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.513.792, debidamente asistido por la abogada ALIDES ISMARA CASTRO BASTARDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.127, en los mismos términos y condiciones presentado, todo de conformidad con lo dispue.....