Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente demanda de Divorcio, intentada por la ciudadana Mariana Soledad Salazar Flores, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.914.213, en contra del ciudadano Jorge Antonio Rozas Salazar, de nacionalidad chilena, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-14.538.305-6, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Simon Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha veintiocho (28) de noviembre de 2003, según consta de acta de matrimonio Nº 321, acompañada a los autos en copia certificada.- Así también se decide.-