Por  las  razones  de  hecho  y  de  derecho  precedentemente  expuestas, este  Tribunal   N° 5  de  Primera  Instancia  en  Función  de  Control  del  Circuito  Judicial  Penal  del  Estado  Anzoátegui,  Administrando  Justicia  en  nombre  de  la  República  Bolivariana  de  Venezuela  y  por  Autoridad  de  Ley, DECRETA  EL  SOBRESEIMIENTO  DE  LA  CAUSA,  POR  PRESCRIPCION  DE  LA  ACCION  PENAL,  en  los  hechos  denunciados  por  el  ciudadano  TEODORO  PAULINO  VALLERA,  de  nacionalidad  Venezolano,  natural  de  El  Pilar  Estado  Sucre, de  profesión  u  oficio  Obrero,  Titular  de  la  Cédula  de  Identidad  Nº  1.914.256,  con  domicilio  en   la  Calle  Ruiz  Pineda  II,  Nº  06,  Barrio El  Paraíso,  Puerto  la  Cruz  Estado  Anzoátegui,  de  conformidad  a  lo  previsto en  los  artículos 318  ordinal  3°, y  artículo  48  ordinal  8°  del  Código  Orgánico  Procesal  Penal  en  relación con  el  ordinal  4°  del  artículo  108  del  Código  Penal  Venezolano  Derogado.....