En consecuencia, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente querella y por lo tanto, declara la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en el oficio N° D-0376 del 18 de septiembre de 2002, suscrito por el Director del Hospital Dr. Domingo Guzmán Lander y le ordena a esa dependencia administrativa, la inmediata restitución del ciudadano Edwer Eulalio Cedeño Pereira al cargo N° 31-00810 como medico traumatólogo adjunto, con todos los privilegios, prerrogativas, emolumentos y asignaciones que a tal cargo le son atribuidos legalmente. Se ordena a la Dirección del Hospital Dr. Domingo Guzmán Lander, pagar al actor los salarios, emolumentos, asignaciones, bonos y cualesquiera otras remuneraciones que le correspondan conforme a la Ley, desde el monto en que fue desincorporado de su cargo hasta su real y efectiva reincorporación. Cúmplase lo ordenado.-