Es por lo que este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR RAZON DEL TERRITORIO, para conocer del presente procedimiento, acordando declinar el presente asunto al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, en consecuencia remítanse las presente actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, sede Barcelona a los fines de su distribución.-