En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos Andry Carupe, Clara Roa Culpa, Luisa Arreaza Gil, Roberto Matima, Grey Moreno, Ivelise Araguache, Mario Guacuto y Ronnier Salcedo, representados por sus apoderados judiciales Bogart Gonzàlez Pacheco y Josè Manuel Vásquez contra la empresa El Bacha, C.A. (Restaurant y Distribuidora de Dulces Árabe). Así se declara.