Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, propuesto por las Dras. ELIANA SOLORZANO DE ROJAS y CARLA SOLORZANO, abogadas en ejercicio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 8.774 y 75.797, respectivamente, en sus caracteres de Apoderadas Judiciales del ciudadano LUIS MIGUEL GUEDEZ PAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.339.796, contra la Sociedad Mercantil CONEDIL S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el 14 de Diciembre de 1.978, bajo el N° 3, Tomo A-10. Asimismo, se ordena la devolución de los documentos originales previa su certificación en autos.-
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