Homologa el acuerdo realizados entre las partes en la presente Demanda de Desalojo, presentada por incoada por el abogado ALEJANDRO JOSÉ MATA ROJAS, inscrito bajo el Inpreabogado Nro. 50.720, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos XIOMARA CELESTINA INFANTE MARTÍNEZ, MANUEL SALVADOR INFANTE MARTÍNEZ, CARMEN GUADALUPE INFANTE MARTÍNEZ, LUIS RAFAEL INFANTE MARTINEZ, JANETT JOSEFINA INFANTE MARTÍNEZ, MARÍA ISABEL INFANTE MARTÍNEZ Y MANUEL SALVADOR INFANTE, contra el ciudadano RAYMUNDO VARGAS, plenamente identificados al comienzo de este fallo, asimismo se ratifica el oficio remitido a la Depositaria La Oriental a los fines de que se le haga entrega a la parte demandada los siguientes bienes muebles: 1) archivo metálico de cuatro gaveta; 2) una silla semi ejecutiva en tela de color negro; 3) cuatro estantes para urnas en metal compuesto con tubos tubulares; 4) una chatarra totalmente desarmada, no se encontraron seriales ni placa; los cuales se encuentran en su resg.....