Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda la aplicación de: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano EDUARD ENRIQUE ABAD, VENEZOLANO, CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-24.972.851 consistente en 3) presentación por ante la oficina de alguacilazo cada QUINCE (15) DIAS ,la aplicacionel numeral 8, del articulo 92 de la Ley especial referida a la cautelar genérica que consiste en abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas y de abusar de las bebidas alcohólicas,, así como MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD establecidas en los n.....