En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente Acción de Amparo Constitucional ejercida por el ciudadano Gustavo Adolfo Castillo Guatache, asistido en este acto por la Procuradora Especial de Trabajadores de Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, Abogada Keyla Contreras, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 82.585, contra la Corporación de Vialidad e Infraestructura (COVINEA).
SEGUNDO: Se ordena a la accionada, el cumplimiento de la Providencia Administrativa Nº 00062-2010, dictada en fecha 12 de febrero de 2010, por la Inspectoría del Trabajo de Alberto Lovera, Estado Anzoátegui, y en consecuencia, la inmediata reincorporación del ciudadano Gustavo Adolfo Castillo Guatache, al cargo que venían d.....