Con base a los argumentos de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda por LIBERACIÓN DE HIPOTECA; intentada por intentada por el ciudadano ERWIN LUCERO MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.160.134, residenciado en la ciudad de Caracas, en su carácter de Apoderado de la ciudadana MARIELA MORA DE LUCERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.163.045, contra el ciudadano NELSON CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.506.320.- En consecuencia, se declara liberada la hipoteca legal que pesa sobre el inmueble constituido por un Town House, que forma parte del CONJUNTO RESIDENCIAL LA VILLETTE, identificado con el Nº 11-B, ubicado en la Urbanización Puerto Píritu Count.....