En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbre y a ninguna disposición expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese al Ciudadano LUIS EDUARDO SANCHEZ TRAVIESO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.263.549, domiciliado en: Calle Principal del Hatillo, Casa S/N°, Amarilla con marrón, de la Parroquia Sucre de la Población del Municipio Peñalver del Estado Anzoátegui, a fin de que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°. 02, al Tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, más dos (02) días que se le conceden como termino de distancia, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30.AM) y las Dos y Treinta minuto.....