Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA CONFESION FICTA en la presente causa de la demandada sociedad mercantil AUTO LA CRUZ, C.A. SEGUNDO: Se declaran nulas absolutamente las Asambleas Generales de Accionistas inscritas por ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Anzoátegui, siguientes:
a.- Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 28 de julio de 2008, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Barcelona, en fecha 11 de Septiembre de 2008, bajo el N° 37, Tomo A-79;
b.- Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 26 de julio de 2.010, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Anzoátegui, en fecha 17 de Agosto de 2.010, bajo el N° 56, Tomo 36-A RM3ROBAR; y,
3.- Asamb.....