Se Declaró Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los solicitantes, JOSEFINA DEL VALLE MACHADO DE MATA, ELENA DEL VALLE, ELPIDIO DEL VALLE Y JUAN JOSÉ MACHADO GARCÍA sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los ciudadanos Juan Bautista Machado Guerra y Carmen María García de Machado, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil