Por las razones antes señaladas, este Tribunal DECLARA CON LUGAR la oposición planteada en fecha 12 de Enero de 2.006, por la Dra. CARLOTA SALAZAR CALDERON, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 29.344, en su carácter acreditado en autos, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 586 del Código de Procedimiento Civil, requiere de la codemandada, empresa FALLS 4, C.A., que de cumplimiento al auto dictado en fecha 12 de Enero de 2.006, consignando caución real o fianza bancaria o de compañía de seguros de reconocida solvencia, hasta por la cantidad de DOSCIENTOS VEINTIUN MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 221.000.000,oo) o constituya Hipoteca Legal sobre cualquier apartamento perteneciente al Conjunto Residencial construido sobre el lote de terreno propiedad de la demandada, por la misma cantidad antes señalada. Así se decide