Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, declara INADMISIBLE la presente demanda que por Divorcio hubiere impetrado el ciudadano WILFREDO JOSE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 8.803.178, y domiciliado en la Ciudad de Anaco, Municipio Anaco, del Estado Anzoátegui debidamente asistido por la ciudadana abogada YULITZA QUIJADA, venezolana, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.932 y domiciliada en la Calle Ayacucho Nº B-11, en Anaco Municipio del Estado Anzoátegui, contra la ciudadana MARIA ENCARNACION MARTINEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula .....