Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 479, en relación con lo dispuesto en los artículos 480 y 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, se ejecuta en los términos planteados en la presente resolución, la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 26-11-2.007, por el Juzgado de Juicio Itinerante Nro. 12 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se declaro CULPABLE de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, y CONDENA al acusado JOSMAR JOSE DELGADO GUEVARA, titular de la cedula de identidad numero V-23.239.561, a cumplir la pena de DICISIETE (17) AÑOS, SEIS (06) MESES, NUEVE (09) DIAS Y CUATRO (04) HORAS DE PRISIÓN, por encontrarlo responsa.....