Probados como han sido los alegatos, y visto que no se amerita la tramitación de un juicio ordinario de Rectificación de Actas, este Juzgado Tercero de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Rectificada el Acta de Matrimonio de los ciudadanos Elsa Jesús Zambrano De tela y Rodolfo Antero Tela Santamaría, así como actas de nacimiento de los ciudadanos Rodolfo José tela Zambrano y Rodolfo Antonio Tela Zambrano, todos plenamente identificados, en los términos como lo ordena el Tribunal, en consecuencia ordena en forma Sumaria, al Registro Civil de la Parroquia Pozuelos del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, estampar la debida nota marginal en el Acta de matrimonio antes identificada, en la cual debe colocarse como nombre correcto del conyugue, .....