Con respecto a la Inspección Judicial solicitada, el Tribunal se trasladó y constituyó, el día 04 de Octubre de 2002, a la 1:30 de la tarde, en la dirección señalada, dejando constancia de los siguientes particulares:
a. Que si es cierto que en la dirección indicada existe un complejo residencial denominado Vidoño.
b. Que si es cierto que las Oficinas de Venta de Promotora Consorcio Nivel I, C.A., están ubicadas y funcionan en el área de construcción del complejo residencial Vidoño.
c. Se verificó y dejó constancia que dentro del Complejo Residencial Vidoño, no se encuentra construido el Conjunto Residencial y apartotel Country Suites.
d. Se dejó constancia y verificó por no encontrarse construido el Conjunto Residencial y Apartotel Country Suites, tampoco lo está el Edificio Manantial Torre ¿A¿, y que el Apartamento 2-5, mucho menos se encuentra listo para ser entregado. No se hizo ningún otro señalamiento.
Habiendo quedado confesa la demandada, no habiendo probado nada que .....