...por cuanto el periodo para el ejercicio del cargo designado en la Junta Directiva de la empresa demandada expira en septiembre de 2020, manteniendo el ejercicio de todas y cada una de las facultades que le fueron otorgadas según el Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de la empresa, tal como se se constata de la documental inserta a los folios del 41 al 44, ambos inclusive, facultades señaladas de manera y precisa en el articulo Vigésimo Primero.
Por todas las razones expuestas, este Tribunal declara Improcedente la falta de cualidad alegada por la apoderada judicial de la parte actora, DAMELYS TORRES, inscrita en el IPSA bajo el Nº 91.160. Así se decide...