Por todo lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 393 del Código Civil, somete a interdicción definitiva al ciudadano SEVERIANO GARCÍA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No. 645.952, quien queda bajo Tutela, y en consecuencia, se designa como TUTOR DEFINITIVO a la ciudadana YGDALIS DEL VALLE GARCÍA AGUACHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 8.286.874, quien es su legítima hija; a quien se ordena notificar de la presente decisión.- Así se decide.-
Se ordena remitir la presente causa al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, a los fines de la consulta de Ley; y una vez, firme la presente decisión se ord.....