Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso de apelación intentado por el profesional del derecho GONZALO OLIVEROS NAVARRO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 18.111, representante judicial de la parte actora contra auto proferido por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 02 de octubre de 2006, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara el ciudadano RAMON ALEXANDER ROMERO GONZALEZ, contra la sociedad mercantil BBVA BANCO PROVINCIAL; en consecuencia, se REVOCA en todas y cada una de sus partes el auto objeto de apelación. Así se decide.-