Ahora bien, el Tribunal, dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, declara al ciudadano: TOMAS RAMON GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro: V- 483.124, como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, del extinto: ANDRES JOSE GUERRA BRITO, quien era venezolano, mayor de edad, Técnico Superior Universitario en Informática, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.003.048, y quien falleció Ab- intestato en fecha 24 de Junio del 2009, en el Hospital Industrial de P.D.V.S.A, de San Tomé Estado Anzoátegui, y así se decide.-