esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO: PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana DAILILYS ROSBELYS ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.409.686, de este domicilio, SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano JOSE MANUEL LIENDRO, fallecido el día 24 de Enero del 2013, quien era de venezolano, titular de cédula de identidad Nº 15.132.977, a sus hijos, (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en .....