Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Juez Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara RESPONSABLE, , al acusado IDENTIDAD OMITIDA, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en los artículos 458 en relación con el 83 ambos del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadana MARIA BETANIA NUÑEZ GUADARRAMA y lo SANCIONA con las medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, POR EL PLAZO DE UN (01) AÑO; consistentes en: 1) Incorporarse al área educativa y laboral; 2) Respetar los bienes ajenos; 3) Prohibición de portar, detentar y ocultar, armas de fuego, Y LIBERTAD ASISTIDA POR EL PLAZO DE UN (01) AÑO, las cuales deberá cumplir de manera simultanea, todo de conformidad con los artículos 620 literales b), y d) 624 y 626 de la Ley Orgá.....