en consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda y ordena de conformidad, hacer entrega al joven ciudadano MARTIN EDUARDO GARCIA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-24.519.249, de la totalidad del dinero que asciende al monto de CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TRES BOLIVARES FUERTES CON 67/100 (Bs.f 44.603,67), que le corresponde por concepto de la CUOTA PARTE como heredero de su padre el ciudadano MARTIN JOSE GARCIA CARRASCO, en virtud de haber alcanzado su mayoría de edad, en fecha 26/11/2011, tal como se puede evidenciar en la copia fotostática de su partida de nacimiento, la cual está inserta al presente expediente, cuyo dinero se va a debitar del dinero que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros 175008.....