Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos ANA MERCDES MORALES PERALES y FRANCISCO JOSE GARCIA SEIJAS, ambos plenamente identificados en los autos, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha DIECISEIS DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO (16 de Mayo de 1988), por ante la Prefectura del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.