este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Diferencia de Prestaciones Sociales y Accidente de Trabajo intentó el ciudadano RAMÓN RAFAEL CAMPOS GIL, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil CEMENTACIONES PETROLERAS VENEZOLANAS, C.A. (CPVEN), en consecuencia, se condena a pagar a ésta última la cantidad de CINCUENTA MILLONES VEINTE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÁVARES CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (Bs. 50.020.934,28),