En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal KARINA LÒPEZ SUAREZ, actuando en su condición de Fiscal Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en virtud de la denuncia presentada por la ciudadana ISIS CAROLINA VIVAS, titular de la cédula de identidad Nº Nº 15.154.552, y en consecuencia se ordena, la devolución de las actuaciones a la Fiscalía Décima Novena del Ministerio Público, en la oportunidad correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 301 y 302, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese las correspondientes Notificaciones. CÚMPLASE.-