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Decisiones del dia 22/02/2012 |
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N° Expediente :
BP12-L-2009-000418
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/02/2012 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: LUIS GONZALO CALDEA & TUCAN PETROLEUM SERVICES DE VENEZUELA, C.A. Y PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA, SAN TOME).- |
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento en la presente causa, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, el actor no podrá intentar nueva demanda luego de transcurridos noventa (90) días después de la presente fecha, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se declara terminado el proceso. Se ordena la entrega de las pruebas promovidas por las partes. Regístrese la presente decisión en el copiador respectivo. Años 201° y 153°
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Juez/Ponente:
Unaldo José Atencio
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Organo:
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
BP01-P-2011-002797
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/02/2012 |
Procedimiento: Auto De Apertura A Juicio |
Partes: FISCALÍA SEXTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, EL ACUSADO LUIS MIGUEL VELIZ CUMANA, |
Resumen:
EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL 4° DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 330 DEL COPP: 1) Se admite totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Publico, en contra del imputado LUIS MIGUEL VELIZ CUMANA, por la Presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y FUGA DE DETENIDO, previstos y sancionados en los artículos 277 y 258, ambos del Código Penal, respectivamente, por cuanto la misma reúne los requisitos establecidos en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se declara sin lugar la solicitud de la defensa publica. 2) Se admiten totalmente las Pruebas ofertadas por la vindicta pública, contenidos en sus escritos de acusación, por ser útiles, pertinentes y necesarios.. Se declara sin lugar la solicitud de la defensa privada en relación a la libertad de su repr.....
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Juez/Ponente:
Salim Aboud Nasser
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Organo:
Tribunal Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control
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