Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de delitos de violencia contra las mujeres del circuito judicial penal del estado Anzoátegui, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de Revisión de la Medida de privación Judicial Preventiva de la Libertad, solicitada por la antes defensora ABOGADA LISBETH FIGUERA, y en consecuencia este Juzgador DECRETA a favor del referido imputado, LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contempladas en los ordinales: 3° y 4° del articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales hacen referencia a: ORDINAL 3°: La presentación periódica ante el Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada quince (15) días, 4° La Prohibición de salir del Estado Anzoátegui sin autorización expresa del Tribunal, de igua.....