En virtud de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente demanda de Divorcio, intentada por el ciudadano ARMANDO ANTONIO MALENO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad No. V- 8.237.208, en contra de la ciudadana JESUS MARIA MARAIMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.216.189, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ante el Registro Civil Píritu, Municipio Píritu, del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de junio del año 1985, según se evidencia en certificado de matrimonio, acompañada a los autos.- Así también se decide.-