Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa, conforme a lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y ordena notificar a la parte apelante de la decisión dictada, a los fines de Ley.