Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LA LIBERTAD INMEDIATA a los Imputados: LUIS FELIPE FIGUERA NÚÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.906.098, venezolano, natural de San Mateo, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 13-03-56, de 50 años de edad, hijo de LUIS FELIPE FIGUERA (DF) Y MARIA AUXILIADORA, domiciliado AVENIDA PRINCIPAL DE LOS BUCARES, CASA S/N°, CERCA DE LA BLOQUERA MUNICIPAL, SAN MATEO-ANZOÁTEGUI. Y NEPTALÍ FIGUERA NUÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.247.133, venezolano, natural de San Mateo, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 22-03-65, de 40 años de edad, hijo de LUIS FELIPE FIGUERA (DF) Y MARIA AUXILIADORA, domiciliado AVENIDA PRINCIPAL DE LOS BUCARES, CASA S/N°, CERCA DE LA BLOQUERA MUNICIPAL, SAN MATEO-ANZOATEGUI, de conformidad con lo establecido en el art.....