Este Juzgado Superior En Lo Civil, Mercantil, Del Transito y Marítimo De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado en ejercicio JESUS RAMON SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 265.839, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, en el juicio que por NULIDAD DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL, incoado por el ciudadano LIANG WEIGUANG, de nacionalidad china, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-84.411.684, contra el ciudadano PABLO SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.193.320, en contra de la sentencia dictada en fecha 08 de Marzo de 2.018, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-