Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara, INADMISIBLE la solicitud de exequátur presentada por la ciudadana MARIELLY GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad N° V- 8.276.731, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 179.705, domiciliada en Barcelona estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación del ciudadano FRANCISCO JAVIER DURAN, mayor de edad, de nacionalidad Norteamericano, domiciliado en la ciudad de Puerto Píritu estado Anzoátegui, pasaporte N° 545511239.