Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud planteada por el ciudadano CARLOS RAFAEL YANCE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.305.283, Domiciliado en Calle san Miguel, Casa Nº 30, La Caraqueña, Puerto la Cruz estado Anzoátegui, SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES de la de cujus ciudadana YADIBERT MARIOTY GUALDRON DE YANCE, fallecida el día 23 de Marzo del 2012, quien era venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad V-13.167.988, a su esposo, el ciudadano CARLOS RAFAEL YANCE GONZALEZ, venezolano, mayor.....