En virtud de la incomparecencia de la parte demandante, a la celebración de la audiencia preliminar en fase de mediación, sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO de PRIVACION DE CUSTODIA, presentada por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Publico a requerimiento del ciudadano JOSE VLADIMIR MOTABAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.253.720, domiciliado en el sector Vista al mar, calle principal casa s/nº, cerca del modulo de Barrio adentro, Píritu, Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana FABIOLA DEL CARMEN ESTACIO ZAMORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-.....