Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, de las previstas en el articulo 256 en sus ordinales 3°, 4°, 5° y 6°: a favor del imputado: OSCAR POMPEYO AYALA MANSILLA venezolano, Titular del Numero de cédula V- 22.742.770, natural de Monterrey, México, nacido en fecha 12-04-1963, de 42 años de edad, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos: EDUARDO AYALA (D) Y DANNY MANSILLA DE AYALA (V) de profesión u oficio ELECTRICISTA, domiciliada en Caserío San Lorenzo Casa S/N San Cristóbal Estado Táchira por encontrar llenos los extremos legales exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, sancionado en el artículos 259, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, en per.....