Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano: EDUARDO JOSÉ ROJAS ROMERO, quien es venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, fecha de nacimiento el día 14/01/1984, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.069.414, de estado civil Soltero, de Profesión u Oficio Buhonero, hijo de los ciudadanos MERLY JOSEFINA ROMERO (v) y LUIS EDUARDO ROJAS (v), residenciado en la Calle Bolívar, Casa N° 7-26, casco central de Barcelona, Estado Anzoátegui. El procedimiento a seguirse es el Ordinario. Líbrese oficio al Instituto Autónomo Policía Municipío Simón Bolívar de este Estado, participando la libertad del ciudadano antes referido. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en su oportunidad legal, a los fines de .....